El amparo otorgado por la Cámara Federal a un grupo de productores yerbateros, por el cual quedó suspendida la desregulación del sector impulsada por el gobierno de Javier Milei despertó ayer un intenso debate sobre los alcances de la medida judicial.
Los detractores del Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) aseguran que dicho amparo no implica el regreso de la actividad reguladora y los defensores del organismo consideran que, al quedar sin efecto el DNU 70/23, vuelve la actividad reguladora.
El abogado Adrián Oudin, patrocinante de los productores que impulsaron ante la Justicia la “caída” del articulado del DNU referido a la yerba mate, planteó este martes al programa “Primera Plana” que se emite por la FM 89.3 Santa María de las Misiones y Canal 9 Norte Misionero que a su entender, el amparo retrotrae los cuatro artículos vinculados al INYM, donde está la cuestión regulatoria, el manejo de fondos, la decisión de fijar los precios y regular las plantaciones, por ejemplo; por lo que el Instituto estaría en condiciones de volver a ejercer todas esas potestades.
Durante la entrevista con la radio de PRIMERA EDICIÓN, Oudin remarcó que la decisión de la Cámara Federal no responde a un planteo de inconstitucionalidad del decreto de Milei, sino a una acción de amparo de salud presentada por ellos en razón de que se ponía en riesgo la prestación a través de la obra social del IPS a los productores misioneros, ya que la desregulación del INYM implicaría su desfinanciación y la imposibilidad de aportar a dicha obra social el 50% de la cobertura que le corresponde al Instituto por convenio con el Estado provincial.
“Por esto es que fuimos a defender el derecho y el acceso a la salud de este grupo altamente vulnerable que por sí mismo tiene casi imposible acceder a una obra social”, explicó.
A pesar de todo ello, el letrado remarcó que si bien en el recurso de amparo y en el fallo “nunca se habló de la cuestión de la regulación, sí hay una realidad: que la Cámara confirma la medida cautelar, hasta tanto se dicte sentencia en el expediente principal, dejando sin efecto la vigencia de los cuatro artículos” del DNU 70 referidos al INYM. “Por lo tanto, si bien el fallo no habla de la posibilidad o no de regular precios, al haber tocado los cuatro artículos, yo entiendo que se podría regular precios”.
“También entiendo que podría ser lo más sano, jurídicamente hablando, que el Instituto se presente en el expediente y haga la consulta”, matizó.
A partir de la decisión judicial, Oudin también mostró su expectativa en que la decisión política nacional sea acatarla y que se retrotraiga la situación anterior al decreto: “Hay que confiar en que la Nación va a seguir depositando y poniendo la plata en el lugar que corresponda”, es decir, que la Casa Rosada deposite la plata de la estampilla y de los impuestos para el sector yerbatero en esa cuenta que era intangible, que no se podía usar para otra cosa mientras existía el INYM, y que, al desregularse la actividad, podía quedar para libre uso para otras cuestiones discrecionales del gobierno de Milei.
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