Durante los últimos días se generó un clima de incertidumbre y enojo, principalmente en los comerciantes misioneros debido a la falta de comunicación de la Agencia Tributaria Misiones (ATM) acerca de su adhesión al SIRCUPA, que aplica impuestos (del 1,2% al 4%) a las billeteras virtuales.
Si bien la ATM está adherida al Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago desde octubre del año pasado, el desconocimiento todavía es general en Misiones, referido a los alcances del impuesto: a quiénes alcanza, cómo se descuenta y en qué porcentaje.
Para explicar lo que sabe hasta el momento, la FM 89.3 Santa María de las Misiones contactó a Mariano Amable, presidente del Consejo de Ciencias Económicas de Misiones.
El contado explicó que “Rentas (ATM) tiene un sistema de recaudación que, si usted tiene una cuenta bancaria, es contribuyente del impuesto y alguien le hace un depósito, le practican una retención”.Este sistema ya funcionaba, pero lo que pasó es que “este sistema de recaudación se extendió a los proveedores de servicios de pago, comúnmente llamadas billeteras virtuales”, dijo.
A su vez, Amable aclaró que “no es un nuevo impuesto sino que es un Impuesto a los Ingresos Brutos (IIBB) que está vigente hace muchos años en nuestra provincia”. Asimismo, dijo que “la normativa salió en octubre del año pasado, que para que pueda entrar en vigencia había que había que aplicar un sistema de recaudación que se llama SIRCUPA”.
Este sistema de recaudación “tiene que ver con el convenio multilateral”, contó. “Nuestra provincia está inserta en un sistema tributario donde intervienen todas las provincias, y la Comisión Arbitral es la que establece estos mecanismos de recaudación que luego se direccionan a las provincias”, explicó.
En concreto, lo que pasó estos días es que “el sistema SIRCUPA actualizó el padrón (de contribuyentes) y comenzó a operar en nuestra provincia”, dijo Amable.
Mercado Pago y otras
De acuerdo a las interacciones que el Consejo de Ciencias Económicas de Misiones tuvo con la ATM, “la normativa está direccionada a quienes son contribuyentes directos del impuesto, que tributen en Misiones y no en otra provincia”, expresó su titular.
En este sentido, el contado ejemplificó que “ese comerciante que vendía en su negocio y tenía la posibilidad de cobrar mediante una transferencia, ya sufría esta retención en la transferencia del banco, y cuando lo recibía por Mercado Pago no. Ahora sí tendrá esta retención”, contó.
“Si bien está direccionada a contribuyentes (que tributan IIBB), las personas que usan Mercado Pago deben estar atentas a ver si se les practica esta retención, a pesar de no estar inscriptos en el impuesto, porque hay presunciones que pueden hacer que el sistema dispare esta retención”, alertó.
Desconocimiento
El desconocimiento acerca de los alcances del impuesto también llegó al Consejo de Ciencias Económicas. “Para nosotros está claro que empezó a funcionar SIRCUPA, pero tenemos algunas consultas de las cuales estamos esperando definiciones, por ejemplo, cómo se integra este padrón”, contó Mariano Amable.
“Estamos en contacto permanente con ATM para interiorizarnos cómo funciona, porque es un tema sistémico, el sistema lo hace de forma automática. Por el momento es lo que sabemos y vemos que está sucediendo”. mencionó.
Aclaró que como Consejo de Ciencias Económicas representamos a los matriculados, que son los profesionales de nuestro Consejo, y lo que nos interesa es que puedan asesorar a sus contribuyentes, clientes, teniendo información concreta”.
Algunas consideraciones
El contador dio algunas precisiones de lo que se sabe hasta el momento del SIRCUPA en Misiones:
• La persona que está inscripta en Ingresos Brutos no sufrirá el descuento.
• ATM tiene potestad para cobrar el impuesto y, en todo caso, las cámaras que nuclean a los comerciantes o a los proveedores de servicios tienen que ver cómo los afecta este régimen.
• Al que impacta (la retención) es al que recibe dinero, no al que envía.
•ATM tiene potestad para cobrar el impuesto y, en todo caso, las aámaras que nuclean a los comerciantes o a los proveedores de servicios tienen que ver cómo los afecta este régimen.
• Los montos retenidos serán descontados del impuesto a los ingresos brutos que el contribuyente abona cada mes.
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